Según establece la Ley 166-12 en su capítulo I, se crea e integra el Consejo Dominicano para la Calidad (CODOCA), entidad que ejerce la máxima representación y coordinación del SIDOCAL, asimismo en su artículo 10 numeral 1, se establece que este consejo es el encargado de formular, coordinar, organizar y difundir las políticas y directrices relativas a la calidad en la República Dominicana. Tiene como objetivo contribuir con el desarrollo, fortalecimiento y reconocimiento internacional del SIDOCAL.
Esta entidad estatal está adscrita al Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes y es el componente estructural fundamental del SIDOCAL, descentralizada, de Derecho Público, con personería jurídica, patrimonio, fondos propios, autonomía administrativa, económica, financiera, técnica y operativa, con sede central en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán y competencia a nivel nacional, por lo que puede establecer dependencias u oficinas dentro del territorio nacional, según los criterios que se consideren apropiados, según establece la Ley 166-12 en su artículo 11.
Atribuciones:
Integración del CODOCA
El CODOCA está integrado por:
Es el responsable de formular la Política Nacional de Calidad, fijando las directrices generales del funcionamiento y desarrollo del CODOCA, permitiendo responder adecuadamente a las necesidades del país y sean conformes con los lineamientos y las buenas prácticas internacionales. Procurando la articulación y el mejor desempeño de cada una de las instituciones del SIDOCAL, sin perjuicio alguno de las competencias y autonomías que a éstas les puedan ser conferidas en materia de calidad.
El Consejo Directivo está integrado por veintitrés (23) miembros titulares, cuya representación sectorial está establecida como sigue a continuación:
Dos (2) representantes del sector académico (universidades y centros de estudios superiores, centros de investigación y desarrollo de tecnologías). Uno de estos representantes titulares será, de manera permanente, la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD). El otro representante titular será seleccionado de manera rotatoria por la Asociación Dominicana de Universidades (ADRU), de la forma que sigue: dos años, un delegado titular de las universidades o centros de enseñanza superior; el período siguiente, un delegado titular de los centros o institutos de investigación del país, y así sucesivamente.
Un representante de las asociaciones de consumidores legalmente constituidas, las cuales deberán presentar un candidato de consenso. Esta representatividad estará a cargo de la máxima autoridad de la asociación de consumidores correspondiente.
El CODOCA se reúne de manera ordinaria y extraordinaria por lo menos una vez cada dos meses dentro de los dos primeros años de la puesta en vigencia de la Ley. A partir del tercer año de la puesta en vigencia de la Ley los miembros titulares del CODOCA deben reunirse una vez cada tres meses. De manera extraordinaria, los miembros titulares se reúnen cuando sean convocados por el Secretario General a solicitud del Presidente del CODOCA o de por lo menos nueve (9) de sus miembros titulares.
El Consejo Directivo funciona en calidad de Comisión Técnica de Expertos, para conocer, examinar o aprobar los expedientes que les sean sometidos por el INDOCAL y el ODAC en las materias que a ellos competen, de acuerdo a lo establecido en la Ley 166-12 en su artículo 25. Esta Comisión Técnica conoce y oficializa los proyectos de normas que les sean sometidos, de acuerdo con un procedimiento establecido mediante Reglamento.
En relación con los expedientes sometidos, la Comisión Técnica hace las recomendaciones o enmiendas que cree pertinentes en el marco del respeto estricto a las autonomías concedidas a las instituciones del SIDOCAL, partiendo siempre del conocimiento técnico, científico aplicable y la experiencia de otras instituciones extranjeras similares, si las hubiere, respecto al asunto examinado.
Esta comisión tiene las siguientes funciones:
2. Secretaría General
Es el organismo vinculante entre el Consejo Directivo, la Comisión Técnica, el INDOCAL, el ODAC y los componentes acreditables del Sistema, tiene a su cargo la ejecución de los mandatos del Consejo Directivo del CODOCA y, a través de él, de la Comisión Técnica de Expertos. Además, apoya al INDOCAL y ODAC en los aspectos legales, administrativos y financieros, para el efectivo cumplimiento de sus fines y el fortalecimiento institucional del SIDOCAL.
Está integrada por: